Dentro de los fondos Next Generation de la Unión Europea se encuentra el programa público de "El Kit Digital". Este cuenta con subvenciones económicas que buscan implantar e impulsar soluciones digitales a diferentes empresas del tejido empresarial español.
Podrán acceder a estas asignaciones a fondo perdido aquellas pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo. El conocido como Bono Digital es un plan para impulsar la transformación digital y mejorar de forma sustanciosa de quienes lo perciben su presencia en internet. Su principal meta es facilitar la creación, reestructuración y crecimiento de estas organizaciones a través de los conocidos como Agentes Digitalizadores y, con ello, optimizar sus negocios.
¿A quiénes van dirigidos los fondos del Segmento 3?
En esta convocatoria de ayudas pueden ser beneficiarios aquellas pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, comprendidas en el Segmento 3. Este aglutina a las pequeñas empresas o microempresas entre 0 y menos de 3 empleados.
Las entidades que se presenten a esta convocatoria deberán tener una antigüedad mínima de 6 meses y aquellas que se consideren que registrarán una mejora funcional en su negocio.
Estas ayudas son incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que cubran el mismo coste, procedentes de cualquier Administración o entidad Público o privado nacionales, de la Unión Europea o de organismos Internacionales recogidas en el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo del Consejo de 12 de febrero de 2021.
Segmento 3
Los beneficiarios de este segmento serán aquellas microempresas y pequeñas empresas con un número comprendido entre 0 y menos de 3 empleados como hemos mencionado previamente.
El importe máximo de ayuda por beneficiario será de 2.000€, dirigidas exclusivamente al Segmento 3. La prestación del servicio solicitado será de 12 meses.
Serán subvencionables aquellos gastos en que incurra el beneficiario para la adopción de las soluciones de digitalización disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa (presentadas en la tabla a continuación).
En la siguiente tabla se presentan las categorías de soluciones de digitalización:
Categoría de Soluciones de Digitalización | Meses de prestación del servicio | Segmento III |
Sitio web y presencia básica en Internet* | 12 | 2.000 € |
Comercio electrónico. | 12 | 2.000 € |
Gestión de redes sociales. | 12 | 2.000 € |
Gestión de clientes. | 12 | 2.000 € (incluye 1 usuario) |
Business Intelligence y analítica. | 12 | 1.500 € (incluye 1 usuario) |
Gestión de procesos. | 12 | 2.000 € (incluye 1 usuarios) |
Factura electrónica. | 12 | 1.000 € (incluye 1 usuario) |
Servicios y herramientas de Oficina Virtual. | 12 | 250 € / usuario (hasta 2 usuarios) |
Comunicaciones seguras. | 12 | 125 € / usuario (hasta 2 usuarios) |
Ciberseguridad. | 12 | 125 € / usuario (hasta 2 dispositivos) |
Presencia avanzada en internet. | 12 | 2.000 € |
Marketplace. | 12 | 2.000 € |
* Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.
Requisitos de participación en esta convocatoria
Para esta convocatoria los requisitos son los siguientes:
- Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del segmento III: entre 0 y menos de 3 empleados.
- Dichas entidades tienen que tener domicilio fiscal ubicado en territorio español.
- Acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Fechas de solicitud
El plazo de presentación de solicitudes será de 12 meses. Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo establecido: desde el 20 de octubre de 2022 a las 11:00 hasta el 20 de octubre de 2023 a las 11:00.
Este plazo finalizará antes si se agota el crédito presupuestario para la presente Convocatoria.
Estas solicitudes podrán realizarse por el solicitante, por su represente legal o un representante voluntario que cuente con la autorización.
Pasos para digitalizar tu empresa
- Acceder a la página de Acelera pyme y realizar el Autodiagnóstico.
- Solicitar la ayuda kit digital en la web de red.es y completar todos los pasos del formulario para realizar la solicitud formal. Este paso lo puede realizar la empresa solicitante, su representante legal o un representante voluntario que cuente con su autorización.
- Se analizará la solicitud. Al ser aceptada, el gobierno hará entrega de un bono de digitalización que la empresa podrá gastar en cualquiera de los servicios homologados proporcionados por los Agentes Digitalizadores.
- Acceder al Catálogo de Soluciones de Digitalización para poder ver todas las opciones y servicios disponibles.
- Solicitar los servicios a la empresa encargada de ellos, es decir, a los Agentes Digitalizadores.
- Firmar el acuerdo de los servicios y abonar el IVA de la factura. El IVA no está subvencionado, por lo que será abonado previamente por la empresa beneficiaria del Bono Digital.
- Y desde aquí ya nos ponemos en marcha con el proyecto digitalizador.
- Una vez ejecutados y producidos los servicios, se establecerá la factura y la Agencia Digitalizadora procederá a realizar el cobro de la subvención.
Si quieres información sobre cómo conseguir la subvención del Bono Kit Digital para tu empresa puedes contactar con Miga a través de nuestro formulario.